#LaBúsquedaRepara

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El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).

Se informa a la ciudadanía que la modalidad de control social aplicada en la Unidad de Búsqueda es a través de Veeduría Ciudadana.

Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003.

Convocatoria a veedurías ciudadanas:

La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer veeduría y que se encuentren conformadas de acuerdo a la ley, para que realicen el control social a los procesos de planeación, contratación y ejecución de la entidad, durante las vigencias 2020, 2021 y 2022.

Por lo anterior, sugerimos consultar la información contenida en esta página, en el Secop II y en la Oficina Jurídica y de Gestión Contractual de la entidad, ubicada en la carrera 10 # 28 – 49 / Edificio Centro Internacional – Torre A de la ciudad de Bogotá, D.C., donde estará a disposición de ustedes, toda la documentación soporte de los citados procesos.

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